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Sentencia estimada para un asociado de AEGC que reconoce el derecho a percibir el CES durante los tres primeros meses de ILT

Los Servicios Jurídicos de AEGC han logrado una vez más una Sentencia que reconce el derecho de un asociado a percibir el CES que le fue reclamado por no haber podido hacer efectiva la incorporación a su nuevo destino como consecuencia de una Incapacidad Laboral Temporal. Dicho Sentencia reconoce el derecho a percibir durante los tres primeros meses de la incapacidad, la totalidad de las retribuciones que se venían percibiendo en el destino anterior.

Felicitar al asociado Don F.G.G. por la resolución satisfactoria así como agradecer al Letrado D. Joaquín Serranos la profesionalidad con la que atiende todos los asuntos de esta asociación.

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