A las 10:00 día de hoy 18.02.2025 se inicia SEGUNDO GRUPO TRABAJO FORMACION analizar las propuestas de modificaciones de la Orden General número 37/2021 de 30 de septiembre, por la que se establecen las instrucciones para la evaluación, calificación y clasificación del alumnado de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
Toma la palabra la ADMINSTRACION donde relata todas y cada una de las alegaciones de las APP.
En referencia al Proyecto de Orden General, por la que se modifica la Orden General número 4 de 24 de abril de 2019, por la que se establecen las normas para la evaluación, calificación y clasificación de los alumnos de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales
La administración pretende argumentar la convalidación de las asignaturas y la obligatoriedad de asistencia a clase con la postura de que es una formación global práctica y de trabajo en equipo.
Por parte de AEGC y el resto de AAPP presentamos alegaciones no han sido tenidas en cuenta y reiteramos nuestra firme oposición a dicho enunciado ya que el mismo redundaría en querer “obligar” al alumno a no convalidar la asignatura ya que con los conocimientos previos y la nota de convalidación (5) casi se esta forzando a no solicitar la misma y cursar dicha asignatura.
Por parte de AEGC en la última rueda de intervención se mantiene en esa postura y se solicita a la administración tenga en cuenta la oposición frontal de todas las APP y se aumenta la propuesta en el sentido de que si es por los puntos de valoración formación global práctica y de trabajo en equipo y esta va redundar en el IPA; se le de al ALUMNO la posibilidad de asistencia voluntaria o de oyente a dicha asignatura.
En referencia a las nuevas tablas de Coeficientes moduladores la ADMINSTRACION los considera inamovibles en este GRUPO de TRABAJO, no teniendo en cuenta alegaciones a la bajada de coeficiente del idioma INGLES.
Consideramos el IPA muy elevado en la carga de la NOTA final al ser una calificación muy SUBJETIVA y se le debería dar más peso a los hechos y vicisitudes del periodo de formación.
Proyecto de Orden General por la que se modifica la Orden General número 37/2021 de 30 de septiembre, por la que se establecen las instrucciones para la evaluación, calificación y clasificación del alumnado de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
Por parte de la ADMINISTRACION ha tenido en cuenta las alegaciones de AEGC en referente a la figura del MENTOR , ateniéndonos a lo relatado en la disposición “mentor perteneciente a la Escala de Cabos y Guardias, preferentemente de empleo cabo o cabo 1º, que con base en su contrastada experiencia y desempeño de sus funciones colabore durante el desarrollo de las prácticas tanto en la adaptación del alumnado a la unidad como en su formación, y cuyas valoraciones SERAN tomadas en consideración por el personal evaluador.”
No así lo propuesto para el ART 20. Referente al IPA , en la cual la figura del MENTOR continua siendo irrelevante, se insto a que se tuviese en cuenta.
Todas las propuestas presentadas en el día de hoy se estudiaran para la COMISION NORMATIVA del 5 MARZO.