Los días 26 de enero y 17 de febrero de 2021, se han celebrado las reuniones del Grupo de Trabajo sobre el “Proyecto de Orden PCM por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas considerados de interés para la Guardia civil y para la inscripción de los niveles de competencia en las lenguas cooficiales”.
Desde la primera reunión quedó de manifiesto que este grupo de trabajo nace de la necesidad de redactar una norma con rango de orden ministerial que modernice la normativa de la Guardia Civil equiparándola a la de las FAS, para establecer las normas generales por las que han de regirse los procedimientos de evaluación de competencia lingüística en los idiomas extranjeros y en las lenguas cooficiales, así como determinar los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y las titulaciones, certificados o certificaciones que serán objeto de reconocimiento en el ámbito de la Guardia Civil.
Todo ello tras la sentencia 1300/2020 de 14/10/2020 por el que se recurría la convocatoria para ingreso en la Guardia Civil del año 2016, ya que para el personal de acceso directo sólo se valoraba la titulación de la Escuela Oficial de Idiomas, mientras que en las FAS si se valoraban otras titulaciones oficiales.
Del grupo de trabajo han resultado las siguientes modificaciones:
- Podrá solicitarse la anotación en el expediente académico y el reconocimiento de las titulaciones civiles durante un plazo de tres años, aunque dicho reconocimiento no dará lugar a su consolidación.
- También se inscribirán las titulaciones y certificados de las lenguas cooficiales expedidas por la autoridad autonómica correspondiente.
- Se va a reconocer el nivel alcanzado en la enseñanza de formación.
- Se estipulan una serie de idiomas de interés para la Guardia Civil, que se han incluido en el anexo I del proyecto, y que
podrá ser modificado por la Directora General de la Guardia
Civil.
- Se incluye un anexo III con las certificaciones, certificados y
titulaciones que se podrán inscribir en el expediente
académico.
- -Solo se podrá consolidar un nivel lingüístico mediante la
realización de pruebas SLP. Las acreditaciones y titulaciones civiles NUNCA PRODUCIRAN POR SI SOLAS LA CONSOLIDACION DE UN NIVEL LINGUISTICO POR MUCHAS TITULACIONES QUE SE APORTEN.
Existen varios puntos con los que no estamos de acuerdo, como son:
- 1o Que sólo se podrá acreditar un perfil por idioma y año (pruebas S.L.P.)
- 2o Que sólo se puede acceder al nivel funcional como máximo para la acreditación de un idioma (caso de no poseer ningún perfil) independientemente de que se pueda poseer un nivel que pudiese obtener la calificación de experto o profesional.
- 3o Que no se han introducido en el anexo I, idiomas como el chino o el rumano que desde AEGC se estima que si debieran tener esa consideración.
Aun así, estimamos que el resultado del borrador es positivo porque supone la homologación de la normativa de la Guardia Civil a la de otros cuerpos policiales y las FAS.