A las 10 horas de hoy 19 de noviembre de 2020, ha dado comienzo la tercera y última reunión del grupo de trabajo para la modificación de la Orden General 12/2014, que regula los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.
Por parte de los representantes de la administración se procede a comentar las propuestas de las asociaciones, refiriendo que con la subida de la ERG2 y el ICRES todo el personal, encuadrado en el Régimen General que realiza con regularidad noches y festivos, tendrá una retribución superior a los 120 euros, dando así por cumplido el compromiso de la Directora General. Por parte de AEGC se entiende que el compromiso adquirido fue establecer un complemento de 120 euros, como el que tienen los componentes del CNP que realizan su servicio a turnos, al margen de la retribución de nocturnos y festivos.
Ha proseguido la reunión enumerando una a una todas las propuestas realizadas por las asociaciones profesionales, aduciendo que no es posible llevarlas a cabo por que no existe presupuesto, esgrimiendo el mismo argumento con respecto a tomar como referencia el complemento de destino actualizado a 2020 para establecer las productividades estructurales que correspondan.
Se ha hecho referencia ya no se tomarán como referencia los puntos de ICRES para percibir la ERG2 o ERG1. Percibirá la ERG2 de forma fija todo el personal que presta sus servicios en Seguridad Ciudadana, Protección y Seguridad y las especialidades encuadradas en el Régimen General y se hace hincapié en que se percibirá la ERG2 en los periodos de vacaciones, en situaciones de incapacidad para el servicio derivadas de acto de servicio o por embarazo e incluso los tres primeros meses cuando se realice un curso. El resto de personal que presta sus servicios en el Régimen General percibirá de forma fija la ERG1 aunque se alcance un índice de ICRES superior a 10 puntos. Han manifestado que este personal no verá mermadas sus retribuciones porque con la subida del ICRES se verán compensados aun en el caso de alcanzar los puntos de ICRES que les haría perceptores de la ERG2 con la normativa actual.
La cantidad que se venía percibiendo por alcanzar la catalogación de trabajador nocturno se ha suprimido, se garantiza una revisión médica anual a este personal y se rebaja el número de servicios nocturnos para alcanzar esta catalogación a los mayores de 50 años. Otra pérdida de derechos.
Se nos ha informado que atendiendo al argumento esgrimido por AEGC referente a la conciliación de la vida profesional y familiar, el personal en el Régimen especial con funciones de mando y de investigación policial percibirá el ICRES por las modificaciones de su descanso semanal, siguen cercenando su derecho a esta percepción cuando se modifique un servicio ya nombrado.
Tras la intervención del representante de AEGC, la administración reitera que no es posible que los 15 minutos, que cuenta cada hora de localización, compute para la percepción del ICRES cuando se realicen en horario nocturno o festivo, que tampoco van a aceptar nuestra propuesta de crear una fórmula específica para la retribución de las sustituciones y sucesiones inferiores a un mes natural, para que el personal que las realice perciba una productividad igual a la que hubiera percibido en el mismo periodo el personal al que sucede o sustituye y que los miembros del TEBYL, a pesar de que no se les mencione en el proyecto, percibirán la productividad ESO3 o ESO5 en función de los servicios de prestación combinada que realicen en el periodo de devengo.
Desde AEGC consideramos que a pesar de que este proyecto comporta algunas mejoras no alcanza los objetivos que nos habíamos propuesto en aras al compromiso adquirido por la Directora General, y todo ello, porque el reparto de la parte de la productividad procedente del acuerdo de equiparación salarial se ha realizado teniendo en cuenta parámetros que nada tienen que ver con la misma. AEGC estudiará las acciones pertinentes e interpondrá los recursos necesarios para frenar la entrada en vigor de la norma resultante de esta modificación.